SUSPENDEN LAS ACTIVIDADES EXTRACTIVAS DEL RECURSO ANCHOVETA Y ANCHOVETA BLANCA, POR UN PERÍODO DE TRES DÍAS CALENDARIO, ENTRE LOS 09°00 A 09°30’ LS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 460-2016-PRODUCE

Mediante la presente Resolución, se suspenden las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, por un período de tres (03) días calendario, entre los 09°00 a 09°30’ LS, de las 5 a 20 millas marinas de distancia a la costa, la cual será de aplicación a la actividad extractiva realizada por embarcaciones pesqueras que operan en el marco de la Resolución Ministerial Nº 440-2016-PRODUCE.

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