SUSPENDEN ACTIVIDADES EXTRACTIVAS DEL RECURSO DE ANCHOVETA EN ÁREA DEL DOMINIO MARÍTIMO/ R.M. N° 036-2007-PRODUCE

R.M. N° 036-2007-PRODUCE

Mediante Resolución Ministerial N° 036-2007- PRODUCE quedan suspendidas las actividades extractivas del recurso de la anchoveta Engraulis ringens, a partir de las 0:00 horas del día 3 de febrero de 2007, por un periodo de quince (15) días calendario, en el área comprendida dentro de las 10 millas de la costa, entre los 16°00´00" S y el extremo sur del dominio marítimo del Perú.

Asimismo, los armadores y titulares de establecimientos industriales que incumplan con lo dispuesto en la presente Resolución, serán sancionados de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley General de Pesca, su Reglamento y el Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-PE y sus normas modificatorias.

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