Requisitos fitosanitarios en la importación de semilla de arroz de Ecuador / Resolución Directoral N° 26-2006-AG-SENASA-DSV

Resolución Directoral N° 26-2006-AG-SENASA-DSV

Se han establecido los siguientes requisitos fitosanitarios específicos de necesario cumplimiento en la importación de semilla de arroz (Oryza Sativa L.) procedente de Ecuador:

 

  • El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el SENASA obtenido por el importador o el interesado.

     

  • El envío deberá venir acompañado de un certificado fitosanitario oficial del país de origen

     

  • Declaración adicional: el producto procede de semilleros oficialmente inspeccionados durante el crecimiento activo por parte del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria (SESA) debe ser encontrado libre de Pseudomonas Fuscovaginae, Xanthomonas Oryzae, Aphetechoides Besseyl, Polymyxa Graminis y Rice y Stripe necrocis virus.

     

  • Tratamiento de desinfección pre embarque con una mezcla de Benomyl o Thiram con Diazinon.

     

  • El producto estará contenido en envases nuevos y de primer.

     

  • Inspección Fitosanitaria en el punto de ingreso al país.

     

  • El inspector de cuarentena vegetal, tomará una muestra de las semillas (excepto para las latas y sachets herméticamente sellados) para ser remitidas al laboratorio de Sanidad vegetal del SENASA, quedando retenido el cargamento hasta la obtención de los resultados del análisis. El costo del diagnóstico será asumido por el importador.
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