Ley que establece plazo excepcional para publicación de Ordenanzas Municipales que aprueban arbitrios municipales / Ley N° 28762

Ley N° 28762

Se ha fijado en forma excepcional hasta el 15 de julio de 2006, el plazo de publicación a que se refiere el artículo 69-A de la Ley de Tributación Municipal, de las Ordenanzas que aprueban los montos de las tasas por concepto de arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2006.

Asimismo, las municipalidades deberán publicar las Ordenanzas que aprueban las tasas por arbitrios municipales emitidas como consecuencia de la aplicación de la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente N° 00053-2004-PI/TC, respecto de los ejercicios 2002 a 2005, hasta la fecha señalada en el párrafo precedente.

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