Reglamento de la Ley que crea la Ventanilla Única de Turismo

Decreto Supremo


007-2016-MINCETUR

 

La constitución política del Perú establece que el Presidente de la
República puede ejercer la potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas
ni desnaturalizarlas y dentro de tales límites, dictar decretos y resoluciones.

 

Por Ley 30344 se crea la Ventanilla Única de Turismo (VUT), se
constituye un sistema integrado que permite gestionar, a través del uso de
medios electrónicos, los trámites para la obtención de permiso,
certificaciones, licencias y demás autorizaciones que se exigen ante las entidades
competentes del Estado para el desarrollo de sus actividades.

 

En ese sentido, corresponde la aprobación del Reglamento de la Ley N°
30344. El cual consta de 4 capítulos; 13 artículos y 4 disposiciones
complementarias finales. Dicho Reglamento podrá ser visualizado en el Portal
Institucional del MINCETUR (
www.mincetur.gob.pe).

 

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