Prorrogan exclusión temporal de las operaciones que se realicen con los productos primarios derivados de la actividad agropecuaria de la aplicación del Régimen de Retención del Impuesto General a la R

Res. N° 355-2013/SUNAT.-

La presente norma dispone sustituir la segunda disposición complementaria final de la Resolución de Superintendencia N° 124-2013/SUNAT, por el siguiente texto:

Segunda.- Aplicación de lo dispuesto en el art. 2° de la Resolución de Superintendencia N° 234-2005/SUNAT.

 Lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N°: 234-2005/SUNAT modificado por las Resoluciones de Superintendencia N os  028-2013/SUNAT, 069-2013/SUNAT y 124-2013/SUNAT, se encontrara vigente hasta el 30 de junio de 2014.

A partir del 1 de julio de 2014, el Régimen de Retenciones del Impuesto a la Renta, aprobado por la Resolución de Superintendencia N. ° 234-2005/SUNAT y normas modificatorias, será de aplicación respecto de los productos primarios derivados de la actividad agropecuaria.

 

 

                                          

 

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