Res. N° 355-2013/SUNAT.-
La presente norma dispone sustituir la segunda disposición complementaria final de la Resolución de Superintendencia N° 124-2013/SUNAT, por el siguiente texto:
Segunda.- Aplicación de lo dispuesto en el art. 2° de la Resolución de Superintendencia N° 234-2005/SUNAT.
Lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N°: 234-2005/SUNAT modificado por las Resoluciones de Superintendencia N os 028-2013/SUNAT, 069-2013/SUNAT y 124-2013/SUNAT, se encontrara vigente hasta el 30 de junio de 2014.
A partir del 1 de julio de 2014, el Régimen de Retenciones del Impuesto a la Renta, aprobado por la Resolución de Superintendencia N. ° 234-2005/SUNAT y normas modificatorias, será de aplicación respecto de los productos primarios derivados de la actividad agropecuaria.