Precisan información que deberán remitir los armadores de embarcaciones pesqueras inscritas en el “Registro de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional «

R.M. N° 128-2011- PRODUCE

Los armadores de las embarcaciones pesqueras inscritas en el "Registro de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional para realizar actividades extractivas de recursos transzonales en la zona de la Alta Mar" para realizar actividades extractivas, al amparo del Decreto Supremo N° 022-2009-PRODUCE, deberán remitir con periodicidad mensual a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, los Formatos de reportes de captura, transbordo y desembarque en la Alta Mar o puerto extranjero.

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