Ley que modifica diversos artículos del Código Penal sobre Delitos contra la Salud Pública

Ley N° 29675

Se modifica el artículo 286°, referido a la contaminación o adulteración de bienes o insumos destinados al uso o consumo humano y alteración de la fecha de vencimiento; el artículo 287°, referido a la contaminación o adulteración de alimentos o bebidas y alteración de la fecha de vencimiento; el artículo 288° referido a la producción, comercialización o tráfico ilícito de alimentos y otros productos destinados al uso o consumo humano; y el artículo 294°, referido al suministro infiel de productos farmacéuticos, dispositivos médicos o productos sanitarios. Asimismo, se incorpora el artículo 294- A, el cual desarrolla la falsificación, contaminación o adulteración de productos farmacéuticos, dispositivos médicos o productos sanitarios; el artículo 294 – B, referido a la comercialización de productos farmacéuticos, dispositivos médicos o productos sanitarios sin garantía de buen estado; el artículo 294- C, mediante el cual se determina los agravantes.

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