LEY DE REESTRUCTURACIÓN AGRARIA ESPECIAL

LEY Nº 30573

Mediante la presente Ley, se brindan facilidades financieras a los productores agropecuarios que han sido afectados por los desastres naturales y que se encuentran en las zonas declaradas en estado de emergencia por el Fenómeno de El Niño Costero y que tienen deudas vencidas con las Instituciones del Sistema Financiero reguladas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (IFIs). Asimismo, se dispone la extinción de las deudas pendientes de pago en el marco del Programa de Reestructuración de la Deuda Agraria (PREDA).

 

En función a lo anterior, se crea el Programa de Reestructuración Agraria Especial (RAES), con las siguientes finalidades: (i) otorgar un bono de descuento a los productores agropecuarios a los que se refiere el artículo 1 de la presente norma, que tienen créditos vencidos con las IFIs; y (ii) refinanciar los saldos de deuda correspondientes, luego de la aplicación del referido bono.

 

La presente norma se encuentra publicada en el Diario Oficial El Peruano, donde puede ser consultada a mayor detalle.

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