Dispone procedimiento para mantener la inversión privada y la provisión de servicios públicos y ejecución de obras

D.U.
N° 006-2015.

El Decreto de Urgencia tiene
por objeto establecer medidas extraordinarias, urgentes y de carácter
transitorio en materia económica, orientadas a afianzar las expectativas de los
agentes económicos, las cuales son determinantes para mantener un escenario de
confianza en los inversionistas, así como asegurar la continuidad de servicios
públicos y ejecución de obras de infraestructura, con el objetivo de mantener
las decisiones y programación de inversiones público – privadas en el país, en
beneficio de la población en general.

A partir de la finalidad
señalada en el párrafo anterior, se implementa el procedimiento excepcional
para asegurar continuidad de la inversión privada; el cual no exonera de las
responsabilidades que los órganos competentes pudieren determinar en el marco
de la verificación del cumplimiento del Decreto Legislativo N° 1012 y sus
normas reglamentarias.

El presente Decreto de Urgencia
tiene vigencia hasta el 31 de mayo de 2016. 

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