Dictan disposiciones referidas a la condición de no hallado y de no habido para efectos tributarios respecto de la SUNAT / Resolución N° 157- 2006/SUNAT

Resolución N° 157- 2006/SUNAT

Se dictan disposiciones referidas a la condición de no hallado y de no habido para efectos tributarios, las cuales versan sobre la anotación en el acuse de recibo, acuse de notificación o constancia de verificación del domicilio fiscal, así como la declaración o confirmación de domicilio fiscal de los no hallados y no habidos. Dicha resolución entrará en vigencia a partir del 1 de octubre del presente año.

 

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