D.S. Nº 084-2015-PCM.

Decreto
Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en algunos distritos y provincias
de los departamentos de Tumbes y Piura, por Peligro Inminente ante el periodo
de lluvias 2015-2016 y posible ocurrencia del Fenómeno El Niño

Prorrogan por el término de
treinta (30) días calendario, a partir del 08 de diciembre de 2015, el Estado
de Emergencia en los distritos de Aguas Verdes y Zarumilla, de la provincia de
Zarumilla, en el departamento de Tumbes y los distritos de Máncora y Los
Órganos, de la provincia de Talara; los distritos de Yamango, Santo Domingo,
Santa Catalina de Mossa, San Juan de Bigote, Salitral, Morropón, Chalaco y
Buenos Aires, de la provincia de Morropón; el distrito de Lalaquiz, de la
provincia de Huancabamba; y los distritos de Paimas, Lagunas, Frías y
Sapillica, de la provincia de Ayabaca en el departamento de Piura, por peligro
inminente ante el periodo de lluvias 2015-2016 y posible ocurrencia del
Fenómeno El Niño para la continuación de la ejecución de acciones inmediatas y
necesarias destinadas a la reducción del muy alto riesgo existente.

El Gobierno Regional de Tumbes,
la Municipalidad Provincial de Zarumilla y las Municipalidades Distritales de
Aguas Verdes y Zarumilla; el Gobierno Regional de Piura, la Municipalidad
Provincial de Talara y las Municipalidades Distritales de Máncora y Los
Órganos; la Municipalidad Provincial de Morropón y las Municipalidades
Distritales de Yamango, Santo Domingo, Santa Catalina de Mossa, San Juan de
Bigote, Salitral, Morropón, Chalaco y Buenos Aires; la Municipalidad Provincial
de Huancabamba y la Municipalidad Distrital de Lalaquiz; la Municipalidad
Provincial de Ayabaca y las Municipalidades Distritales de Paimas, Lagunas,
Frías y Sapillica, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto
Nacional de Defensa Civil – INDECI y la participación del Ministerio de
Agricultura y Riego, a través de sus organismos técnicos – Autoridad Nacional
del Agua – ANA, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Educación, del
Ministerio de Salud, del Ministerio de la Producción, del Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables,
del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, del Ministerio de Defensa, del
Ministerio del Interior, del Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio de
Cultura, del Ministerio del Ambiente y del Ministerio de Trabajo y Promoción
del Empleo, y demás Instituciones públicas y privadas involucradas en cuanto
les corresponda, en el marco de sus competencias; continuarán con la ejecución
de las acciones inmediatas y necesarias destinadas a la reducción del muy alto
riesgo existente; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las
necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su
ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

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