APRUEBAN REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ÚNICO (PAU) DEL ORGANISMO DE SUPERVISIÓN DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE – OSINFOR

RESOLUCION PRESIDENCIAL

Nº 062-2016-OSINFOR

 

El Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre
– OSINFOR, es un Organismo Público Ejecutor adscrito a la Presidencia del
Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno,
encargado de la supervisión y fiscalización del aprovechamiento sostenible y la
conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los
servicios ambientales provenientes del bosque, otorgados por el Estado a través
de las diversas modalidades de aprovechamiento que fueron otorgadas bajo el amparo
de la Ley Nº 27308 y las que son reconocidas y otorgadas en aplicación de la
Ley Nº 29763.

 

Asimismo; se ha dispuesto que OSINFOR,
podrá dictar en el ámbito de su competencia las normas y/o reglamentos que
regulen los procedimientos a su cargo, así como aquellas que se refieran a
obligaciones y derechos contenidos en los títulos habilitantes.

 

Por ello, se ha tenido a bien APROBAR el Reglamento del Procedimiento
Administrativo Único (PAU) del Organismo de Supervisión de los Recursos
Forestales y de Fauna Silvestre –OSINFOR, que consta de cuarenta y cuatro (44)
artículos, dos (02) Disposiciones Complementarias y una (01) Disposición
Complementaria Derogatoria, el mismo que podrá ser visualizado en el portal
 Institucional del OSINFOR (
www.osinfor.gob.pe).

 

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