APRUEBAN REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO DE CENTROS DE INNOVACIÓN PRODUCTIVA Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA – CITE

DECRETO SUPREMO Nº
004-2016-PRODUCE

Por Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y
Transferencia Tecnológica, se norma la creación, implementación, desarrollo,
funcionamiento y gestión de los Centros de Innovación Productiva y
Transferencia Tecnológica, con la finalidad de establecer lineamientos en
materia de innovación y transferencia tecnológica para mejorar la productividad
y el desarrollo industrial en sus respectivas cadenas productivas y de valor, a
través de los Centros de Innovación y Transferencia Tecnológica – CITE.

A la fecha se encontraba pendiente la expedición del Reglamento del
referido Decreto Legislativo, por lo que resulta necesario la aprobación del
Reglamento del Decreto Legislativo N° 1228 – Decreto Legislativo de Centros de
Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, el mismo que consta de 28
artículos, 4 Títulos, 4 Disposiciones Complementarias Finales y Una Disposición
Complementaria Transitoria. De igual manera, se dispone la derogación del
Decreto Supremo N° 027-2000-ITINCI, que aprueba el Reglamento de la Ley de
Centros de Innovación Tecnológica, el Decreto Supremo N° 012-2005-MINCETUR, que
aprueba Reglamento de los Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y
Turismo.

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