APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY N° 30299, LEY DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES, EXPLOSIVOS, PRODUCTOS PIROTÉCNICOS Y MATERIALES RELACIONADOS DE USO CIVIL

Que, mediante Ley N° 30299, se promulgó la Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y
materiales relacionados de uso civil; Que, el citado dispositivo comprende la autorización, fiscalización, control de la fabricación, importación, exportación, comercialización, distribución, traslado, custodia, almacenamiento, posesión, uso, destino final, capacitación y entrenamiento en el uso de armas, municiones y explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados; así como la reparación y ensamblaje de armas y municiones, y dispone, entre otros aspectos, una reforma integral del sistema de otorgamiento de licencias y autorizaciones en los ámbitos que regula, y propone herramientas de control previo y posterior respecto a la emisión de estos documentos, así como su cancelación.

La Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley N° 30299, Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil, dependiente del Ministerio del Interior presentó al Ministerio del Interior su Informe Final, el cual incluye el proyecto de Reglamento de la Ley N° 30299 y su respectiva Exposición de Motivos, la cual fue pre publicada con fecha 24 de julio de 2015 con la finalidad de recibir los aportes de las entidades públicas, el sector privado, la sociedad civil y la ciudadanía en general.

Por tanto, corresponde aprobar el Reglamento de la Ley N° 30299, Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil que consta de trescientos ochenta y nueve (389) artículos, siete (07) Disposiciones Complementarias Finales y veinte (20) Disposiciones Complementarias Transitorias, un (01) Glosario y seis (06) anexos, que podrán ser visualizados en el Portal Institucional del Ministerio del interior (www.mininter.gob.pe)

Por último se ha dispuesto la derogación de las siguientes normas:

• Decreto Supremo N° 019-71-IN, Aprueban Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil.
• Decreto Supremo N° 086-92-PCM, Aprueban el Reglamento del Decreto Ley N° 25707, mediante el cual se declara en emergencia la utilización de explosivos de uso civil.
• Decreto Supremo N° 014-2002-IN, Aprueban Reglamento de la Ley que regula la fabricación, importación, exportación, depósito, transporte, comercialización, uso y destrucción de productos pirotécnicos.
• Decreto Supremo N° 006-2004-IN, Derogan el segundo párrafo del artículo 80 del Decreto Supremo N° 019-71-IN que aprobó el Reglamento de Explosivos de Uso Civil.
• Decreto Supremo N° 005-2006-IN, Aprueban la adecuación del Reglamento de la Ley N° 27718 que regula la fabricación, importación y otras actividades con productos pirotécnicos, a la Ley N° 28627.

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