APRUEBAN MODIFICACIONES AL REGLAMENTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TRANSPORTE

DECRETO SUPREMO

N° 005-2016-M

Debido a que, en la revisión efectuada al Reglamento Nacional de Administración de Transporte- RENAT se han detectado infracciones e incumplimientos sobre los cuales resulta necesario realizar modificaciones respecto a su calificación y gradualidad, a fin de que su aplicación cumpla con los objetivos propuestos por la normativa vigente, el presente Decreto realiza algunas modificaciones al mismo, las cuales consisten en:

  • Modificar los numerales 3.11 y 3.59 del artículo 3; los numerales 49.1 y 49.1.1 del artículo 49; el numeral 50.1 del artículo 50; el tercer párrafo del numeral 64.1 del artículo 64; el numeral 93.4 del artículo 93; numeral 97.1.1 del artículo 97; el numeral 104.8 del artículo 104; el numeral 112.1 del artículo 112; el numeral 129.6 del artículo 129; el segundo párrafo de la Décimo Sexta Disposición Complementaria Final; los códigos C.4b y C.4c del Anexo 1 de la Tabla de Incumplimientos de las condiciones de acceso y permanencia y sus consecuencias; así como los códigos F.1 y F.6 del Anexo 2 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Reglamento Nacional de Administración de Transporte

  • Incorporar a dicho Reglamento el numeral 49.5 al artículo 49; los numerales 100.4.3.8 y 100.4.3.9 al artículo 100; los numerales 112.1.14, 112.1.15 y 112.2.4 del artículo 112 y los códigos de infracción F.7 e I.8 al Anexo 2 de la Tabla de Infracciones y Sanciones.

     

La presente norma se encuentra publicada en la página web del Diario Oficial El Peruano (http://www.elperuano.pe/), donde puede ser consultada a detalle.

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