MODIFICAN EL ARTÍCULO 1 DEL ANEXO DE LA RES. Nº 076-2014-OS/CD, QUE APROBÓ EL TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO DEL USO DEL SISTEMA DE POSICIONAMIENTO GLOBAL (GPS)

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA – OSINERGMIN   

Nº 101-2016-OS/CD

Mediante la presente Resolución se modifica el artículo 1 del Texto Único Ordenado del Reglamento del Uso del Sistema GPS, con la finalidad de dar cumplimiento a lo previsto en el Decreto Supremo Nº 008-2016-EM, extendiendo su alcance para las Unidades de Transporte de Hidrocarburos que circulen por todo el departamento de Cusco y Puno.

 

Asimismo, se establece que los responsables de las unidades de transporte que resulten obligadas por la presente resolución, deberán adecuarse a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Reglamento del Uso del Sistema GPS, aprobado conforme al siguiente cronograma:

 

DEPARTAMENTOS

2016

Mayo

Junio

Julio

Puno (*)

Empadronamiento
y capacitación

Supervisión

 

Cusco (*)

Empadronamiento y capacitación

Supervisión

 

La presente resolución y su Anexo se encuentran publicadas en el diario oficial El Peruano, y junto con su Exposición de Motivos en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). 

 

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