Mejoran control sanitario de alimentos industriales


• Prepublicación del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1222, permitirá optimizar los procedimientos administrativos y fortalecerá el control sanitario de productos.

Lima, 22 de julio del 2016.- La promulgación de la Resolución Ministerial N° 491-2016-MINSA, mediante la cual se prepublicó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1222, permitirá optimizar los procedimientos administrativos y fortalecer el control sanitario y la inocuidad de los alimentos industrializados. Así lo señaló la Sociedad Nacional de Industrias (SNI), que saludó la difusión del proyecto normativo realizado según, lo demanda, los procedimientos de consulta técnica establecidos por ley.

“Este Decreto Legislativo supuso una importante medida de formalización y simplificación del sector, particularmente para las micro y pequeñas empresas, así como la armonización con normas internacionales que facilitan el comercio y garantizan la inocuidad de los alimentos; además se actualiza el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas”, afirmó el gremio industrial.

El Ministerio de Salud, a través de DIGESA, trabajó el proyecto de norma y lo dio a conocer a los sectores productivos del país a fin de recibir aportes antes de su prepublicación. Este procedimiento está alineado con las Buenas Prácticas Regulatorias de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), tal como corresponde a todo reglamento técnico. Cabe destacar que el Perú debe respetar dichos lineamientos, pues es prioridad y aspiración de nuestro país formar parte de los estados de la OCDE, por lo que debe comulgar con sus directivas.

La SNI, por su parte, señaló que por tratarse de un reglamento técnico, es necesario que este proyecto se someta a consulta pública nacional e internacional antes de su aprobación final, según las disposiciones legales vigentes y acuerdos internacionales suscritos, para evitar posibles cuestionamientos formales de nuestros socios comerciales.

Asimismo, la Sociedad Nacional de Industrias afirmó que dado que el plazo mínimo de consulta para los reglamentos técnicos es de 90 días, será responsabilidad del próximo Gobierno la promulgación definitiva e implementación del Reglamento.

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