D.S. N° 015-2009-EM
Se ha dispuesto que cualquier deficiencia de la calidad de servicio eléctrico relacionada estrictamente con la congestión de servicios de transmisión, no será considerada para el pago de compensaciones determinadas conforme a lo establecido en la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos.
La vigencia de lo dispuesto será hasta el 31 de diciembre de 2011.