Autorizan recojo, colecta y acopio de especímenes varados de algas del género Macrocystis en varaderos tradicionales ubicados en las localidades de San Fernando y Yanyarina.

Resolución Ministerial Nº 093-2009-PRODUCE

Se dispone suspender por un periodo de treinta (30) días calendario, contados a partir del octavo día hábil de la fecha de publicación de la presente resolución, lo dispuesto en el artículo 3º de la R.M. Nº 839-2008-PRODUCE en el extremo referido a la prohibición del recojo, la colecta y el acopio de especímenes de las algas pardas Macrocystis integrifolia (sargazo, boyador o bolas) y Macrocystis pyriferia (sargazo) varados en las riberas de playas y orillas por acción de las olas y corrientes marinas, solo para el litoral comprendido entre las localidades de San Fernando (15º6’18.93’’ L.S. – 75º23’15.86’’ L.O.) y Yanyarina (15º27’36.73’’ L.S. – 75º1’40.46’’ L.O.).

En ese sentido, por ese periodo se autoriza el recojo, la colecta y el acopio de especímenes de las algas pardas Macrocystis integrifolia (sargazo, boyador o bolas) y Macrocystis pyriferiaen dichas zonas en las zonas referidas anteriormente.

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