Suspenden actividades extractivas del recurso merluza en zona del litoral

R.M N° 261-2011-PRODUCE

Suspenden las actividades extractivas del recurso merluza en el área marítima comprendida entre los 04°00’ Latitud Sur y 05°00’ Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.

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