Suspenden actividades extractivas del recurso merluza en área del dominio marítimo por el periodo de 7 días calendario.

27-01-2013

RM N° 047-2013-PRODUCE

Suspender actividades extractivas  del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) en el área marítima comprendida entre los 05°00’ Latitud Sur y 06°00’, a partir  de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, por un periodo de siete (7) días calendario.

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