27-01-2013
RM N° 047-2013-PRODUCE
Suspender actividades extractivas del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) en el área marítima comprendida entre los 05°00’ Latitud Sur y 06°00’, a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, por un periodo de siete (7) días calendario.