Suspenden actividades extractivas del recurso de anchoveta en área de dominio marítimo.

Resolución N° 866-2008-PRODUCE

Se suspenden las actividades extractivas del recurso de anchoveta a partir de la 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la presente resolución, por un periodo de cinco (5) días calendario en el área comprendida entre los 17º30’00’’ y los 17º59’59’’ Latitud Sur dentro de las 30 millas.

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