Resolución N° 866-2008-PRODUCE
Se suspenden las actividades extractivas del recurso de anchoveta a partir de la 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la presente resolución, por un periodo de cinco (5) días calendario en el área comprendida entre los 17º30’00’’ y los 17º59’59’’ Latitud Sur dentro de las 30 millas.