Suspenden actividades extractivas del recurso anchoveta y anchoveta blanca en zona del litoral

Suspenden actividades extractivas del recurso anchoveta y
anchoveta blanca en zona del litoral

 

RESOLUCIÓN
MINISTERIAL

Nº 018-2016-produce

 

Se suspende las
actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta
blanca (Anchoa nasus) a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la
publicación de la referida resolución, por un período de cinco (05) días
calendario, de acuerdo al siguiente detalle:  a) Entre los 10°00’ a 10°30’ LS, frente a
Huarmey, de las 05 a 20 millas marinas de distancia a la costa; y, b) Entre los
11°30’ a 12°00’ LS, entre Chancay y Callao, de las 05 a 20 millas marinas de
distancia a la costa.

 

La suspensión será de
aplicación a la actividad extractiva realizada por embarcaciones pesqueras
artesanales, de menor y mayor escala dentro de la citada área.

 

El Instituto del Mar
del Perú – IMARPE efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales
indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso anchoveta
(Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), debiendo informar y
recomendar oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas de
ordenamiento pesquero.

 

El incumplimiento de
lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial será sancionado conforme al
Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y
Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2011-PRODUCE.

 

Finalmente, se
dispone que la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, la
Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano
Indirecto, la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para
Consumo Humano Directo y la Dirección General de Supervisión y Fiscalización
del Ministerio de la Producción, así como las dependencias con competencia
pesquera de los Gobiernos Regionales y la Dirección General de Capitanías y
Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro
del ámbito de sus respectivas competencias, velarán por el cumplimiento de la
presente Resolución Ministerial y realizarán las acciones de difusión que
correspondan.

 

 

 

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