SUSPENDEN ACTIVIDADES EXTRACTIVAS DEL RECURSO ANCHOVETA Y ANCHOVETA BLANCA

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 467-2016-PRODUCE

Mediante la presente Resolución, se suspenden las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, por un período de tres (03) días calendario, entre los 12°00 a 12°30’ LS, de las 30 a 40 millas marinas de distancia a la costa.

 

Asimismo, la suspensión mencionada será de aplicación a la actividad extractiva realizada por embarcaciones pesqueras que operan en el marco de la Resolución Ministerial N° 440-2016-PRODUCE.

 

La presente Resolución se encuentra publicada en el Diario Oficial El Peruano, donde puede ser consultada a mayor detalle.

 

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