Suspenden actividades extractivas del recurso anchoveta en áreas del litoral.

Resolución Ministerial N° 455-2008-PRODUCE.

Con el fin de proteger los ejemplares juveniles de anchoveta (Engraulis ringens) se ha dispuesto suspender las actividades extractivas de éste recurso marítimo a partir de las 00.00 horas del 25 de abril de 2008 por un periodo de tres días calendario, en las siguientes áreas: entre los 06º00’ – 06º59’59’’ Latitud Sur; y entre los 07º30’ – 07º59’59’’ Latitud Sur, dentro de las 10 millas de la costa.

La norma también establece que el incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será sancionado conforme a los dispuesto en el Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC).

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