Simplifican el procedimiento de la inscripción de las entidades empleadoras que desarrollan actividades de alto riesgo ante la Autoridad Administrativa de Trabajo(ATT) / R.M. N° 074-2008-TR

R.M. N° 074-2008-TR

La obligación de inscripción ante la AAT de las entidades empleadoras que desarrollan actividades de alto riesgo, a que se refiere el artículo 87° del reglamento de la ley de modernización de la seguridad social en salud, se considera cumplida por aquellos empleadores obligados a utilizar la Planilla Electrónica, que declaren en ella los establecimientos en los que se desarrollan actividades de riesgo.

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