Se suprime desde el 25 de junio de 2010 los derechos compensatorios provisionales impuestos por Resolución N° 201-2009/CFD-INDECOPI, sobre las importaciones de biodiesel originario de los EE.UU.

Res. Nº 113-2010/CFD-INDECOPI

Se deja sin efecto, desde el 25 de junio de 2010 los derechos compensatorios provisionales impuestos por Resolución N° 201-2009/CFD-INDECOPI, sobre las importaciones de biodiesel puro (B100) y de las mezclas que contengan una proporción mayor al 50% de biodiesel (B50) en su composición,  originario de los Estados Unidos de América.

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