Se aprueba el Reglamento de la Ley que establece la libre disponibilidad temporal de la Compensación por Tiempo de Servicios.

D.S Nº 016-2010-TR

Mediante esta norma se aprueba el Reglamento de la Ley N° 29352, Ley que establece la libre disponibilidad temporal y posterior intangibilidad de la Compensación por Tiempo de Servicios, indicándose que a partir de mayo de 2011 y hasta la extinción del vinculo laboral, los trabajadores solo podrán disponer del 70 por ciento (70%) del excedente de seis (6) remuneraciones brutas que se encuentren depositados en su cuenta individual de CTS.

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