R. Leg. N° 005-2012-2013-CR
Resolución Legislativa que elige a la Defensora del Pueblo
El Congreso de la República, en uso de las facultades que le confiere el artículo 161 de la Constitución Política del Perú, los artículos 6, 64, inciso c), y 93 de su Reglamento, los artículos 2 y 3 de la Ley 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, modificada por la Ley 29882, ha resuelto:
Elegir a la señora LUZ MARÍA DEL PILAR FREITAS ALVARADO en el cargo de Defensora del Pueblo.