D.S. Nº 001-2008-MINCETUR
Mediante el presente decreto se aprueba el Reglamento del Registro Nacional del Artesano y del Consejo Nacional de Fomento Artesanal, creados mediante los artículos 12º y 30º de la Ley 29073- Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, el mismo que consta de veintitrés (23) artículos y tres (03) Disposiciones Transitorias y Complementarias. Este reglamento entrará en vigencia a los quince días calendario de su publicación