RECTIFICAN ERROR MATERIAL DEL ARTÍCULO 38 DEL MANUAL DE OPERACIONES DE AGRO RURAL

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 0376-2016-MINAGRI

 

Mediante la presente Resolución, se rectifica el error material del artículo 38 del Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, en el extremo referido a la Dirección Zonal de Tacna, el mismo que queda redactado en los términos siguientes:

 

                “Artículo 38.- Ámbito de intervención de las Direcciones Zonales y Agencias Zonales

                El ámbito de intervención de las Direcciones Zonales y Agencias Zonales es el siguiente:

                (…)

 

DIRECCIONES ZONALES

AGENCIAS ZONALES

ÁMBITO DE INTERVENCIÓN (Provincias)

TACNA

1

TARATA

TACNA Y TARATA

2

CANDARAVE

CANDARAVE Y JORGE BASADRE

 

Y, se deja subsistente los demás extremos de la Resolución  rectificada. Asimismo, se dispone la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.perú.gob.pe),  Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) y en el Portal Institucional del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe).

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