Prorrogan plazo de Reserva de Agua otorgada mediante D.S. N° 056-2006-AG para fines del desarrollo agrícola y agroindustrial de tierras erizadas.

Decreto Supremo N° 017-2008-AG.

Mediante el presente decreto supremo se prorroga por dos (2) años adicionales, computados a partir del 1 de setiembre de 2008, la Reserva de Agua otorgada mediante Decreto Supremo N° 056-2006-AG de las aguas superficiales provenientes de los excedentes de la cuenca del río Chira aguas debajo de la Presa Derivadora Sullana y las aguas subterráneas del acuífero ubicado en el tramo Presa Sullana – desembocadura del río Chira al mar, por un volumen anual de 186 Hm3, para los fines del desarrollo agrícola y agroindustrial.

Asimismo, se otorga la responsabilidad de cautelar el cumplimiento de la reserva de agua, que se está prorrogando mediante esta norma, a la Intendencia de Recursos Hídricos del INRENA, en tanto no se constituya la Autoridad Nacional del Agua.

X
X