Precisan la R.M. N° 448-2020-MINSA, que aprobó Documento Técnico: “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID – 19” y modificó la R.M. N° 377-2020/MINSA

Resolución Ministerial n° 484-2020-MINSA

Establézcase las siguientes precisiones:

1. Precísese que el registro de denuncias dispuesto mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 448-2020-MINSA, reemplaza al registro de incidencias a que se refiere el artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 377-2020-MINSA.

2. Precísese que toda referencia normativa a la Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA y sus normas modificatorias, se entiende realizada a la Resolución Ministerial N° 448-2020-MINSA.

Deróguese el artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 377-2020-MINSA.

 

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