La transferencia de competencias de fiscalización minera al sector Trabajo se limita a la fiscalización y sanción en materia de seguridad y salud en el trabajo en los subsectores de minería, electricidad e hidrocarburos, refiere la Ley 29901.
La norma, además, otorga un plazo de 30 días al Osinergmin para realizar los procesos de selección y contratación de empresas supervisoras. Para ello, deberá modificar el reglamento de supervisión de estas actividades que regulan la contratación de supervisores.
Fuente: El Peruano 17.07.2012