Otorgan plazo a participantes del Programa de Creadores de Mercado para acreditar cumplimiento de exigencias establecidas en el Reglamento aprobado por D.S.N° 096-2013-EF

R.D.N° 035-2013-EF/52.01

Disponen que los participantes del Programa de Creadores de Mercado designados para el año 2013, tienen un plazo de 30 (treinta) días útiles contados desde la publicación de la presente resolución, para acreditar el cumplimiento de las exigencias establecidas en el Reglamento del Programa de Creadores de Mercado.

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