Nueva relación de medios de pago a que se refiere el primer párrafo del artículo 4º- A del Decreto Supremo Nº 047-2004-EF

RES. Nº 033-2008/SUNAT

Mediante Res. Nº 033-2008/SUNAT, se aprobó el anexo 1 de la resolución, el cual será publicado en la página web de SUNAT: www. sunat.gob.pe; el cual contiene lo siguiente:

  • La relación de las Empresas del Sistema Financiero y de los Medios de Pago con los que éstas se encuentran autorizadas a operar
  • La relación de las Empresas del Sistema Financiero y de las tarjetas de crédito cuyos pagos canalizan en virtud a convenios de recaudación o cobranza celebrados con las empresas emisoras, no pertenecientes al Sistema Financiero, cuyo objeto principal sea la emisión y administración de tarjetas de crédito.
  • La relación de las empresas del Sistema Financiero y de las tarjetas de crédito cuyos pagos canalizan en virtud a convenios de recaudación o cobranza celebrados con las empresas bancarias o financieras emisoras, no domiciliadas en el país.

Asimismo, se derogó la Resolución de Superintendencia Nº 237-2006/SUNAT.

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