NORMA QUE AMPLÍA EL PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN DE LAS DISPOSICIONES PARA LA ENTREGA DE INFORMACIÓN EN TIEMPO REAL DE LAS EMPRESAS SUPERVISADAS DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL

RESOLUCIÓN
DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO
SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN


080-2017-OS/CD

Mediante
la presente Resolución, se amplía
 el
plazo de implementación establecido en el primer párrafo de la Única
Disposición Complementaria Transitoria de la “Norma que establece disposiciones
para la entrega de información en tiempo real de las empresas supervisadas de
la Industria del Gas Natural”, aprobado mediante Resolución de Consejo
Directivo N° 248-2016-OS/CD, a fin que las Empresas Supervisadas cumplan con
las disposiciones de la mencionada norma en un máximo de noventa (90) días
calendarios.

Para tal efecto,
las Empresas Supervisadas deben presentar a la División de Supervisión de Gas
Natural de Osinergmin, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles de
publicada la presente resolución, un cronograma de trabajo con las actividades
referidas a la implementación de la infraestructura necesaria para suministrar
la información requerida conforme lo dispuesto en la Resolución precitada.

 

Entre otras cosas,
se dispone su entrada en vigencia a partir del 05 de mayo del presente año.

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