Modifican la R.M. N° 624-2008-PRODUCE,mediante la cual los titulares de establecimientos industriales están obligados a realizar innovación tecnológica para no dañar el medio ambiente

R.M N° 242-2009-PRODUCE
 
Se ha modificado el literal a) del artículo 2° de la R.M. N° 624-2008-PRODUCE, estableciendo que los titulares de establecimientos industriales pesqueros de harina y aceite de pescado y de harina residual de recursos hidrobiológicos deberán innovar el sistema de secado, por sistemas de secado a vapor indirecto, secado con recirculación de gases calientes, sistemas de secado que incluyan tratamientos eficientes de gases, recuperación de material particulado (finos de harina) u otros con la finalidad de mitigar sus emisiones al medio ambiente.
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