Modifican la Directiva N° 001-2011-SUNARP/SA, aprobada por Res. N° 087-2011-SUNARP/SA, que regula la solicitud y expedición de publicidad registral compendiosa a nivel nacional desde cualquier oficina

Res. N° 316-2013-SUNARP/SN.-

La norma hace mención que, en el marco de la política de mejora continua de los servicios registrales, la Oficina General de Tecnologías de la Información, en coordinación con la Dirección Técnica Registral, ha adecuado la plataforma utilizada para brindar dicho servicio (Servicio de Publicidad Registral en Línea), a fin que tanto la solicitud de publicidad compendiosa como los reingresos de las eventuales observaciones formuladas a la solicitud puedan efectuarse virtualmente, sin necesidad de que el usuario se apersone a una oficina registral

En tal sentido consideran modificar la Directiva N° 001-2011-SUNARP/SA a efectos de precisar que tanto la solicitud de publicidad registral compendiosa como la subsanación de las observaciones formuladas a la solicitud podrán efectuarse sea acudiendo a una Oficina Registral o, de manera virtual a través de la página web institucional.

Que, conforme a la directiva aludida el reingreso de la solicitud o pago del mayor derecho liquidado debería efectuarse al igual que la solicitud de publicidad también por Caja, lo cual genera congestiones innecesarias en el caso de reingresos de la solicitud, para cuya corrección debe precisarse que, en los casos de reingresos de las subsanaciones a las observaciones formuladas, efectuados en la Oficina Registral, sean ingresados a través de Mesa de Partes.

Asimismo se señala que, si bien la Directiva N° 001-2011-SUNARP/SA regula la solicitud y expedición de publicidad registral compendiosa desde una oficina zonal u oficina registral distinta a la competente, al haberse viabilizado la posibilidad que la solicitud de publicidad e incluso los reingresos y pago de mayor derecho sean efectuados de manera virtual, carece de objeto mantener la restricción aludida para estos casos.

De esta forma la presente Resolución dispone modificar los numerales 6.1 y 6.4 (último párrafo) de la Directiva N° 001-2011-SUNARP/SA, aprobada por Resolución N° 087-2011-SUNARP/SA.

 

 

                        

 

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