Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos de PROMPERU. R.M. N° 229-2014-MINCETUR.-

La norma hace mención que, mediante el numeral 6 del artículo 110° del Decreto Supremo N° 080-2014-EF, mediante el cual se modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1017 que aprobó la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF, se precisa el procedimiento a seguir ante la falta de uno de los requisitos de admisibilidad de los recursos de apelación presentados.

De esta forma el Memorando del visto, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de PROMPERÚ, señala la conveniencia de precisiones adicionales al TUPA vigente, referidas a la ubicación del Área de Trámite Documentario, así como modificaciones a la normatividad vigente contenida en dicho documento, entre otros.

Por lo cual disponen modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2010-MINCETUR y modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 191-2012-MINCETUR/DM y N° 382-2012-MINCETUR/DM, conforme al Anexo que en tres (03) folios forma parte integrante de la Resolución.

La Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial “El Peruano” y su Anexo en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas– PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional de PROMPERÚ (www.promperu.gob.pe).
Fecha de Publicación: sábado 30.08.14

X
X