MODIFICAN EL REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN DE LA SUNAT

Decreto supremo n°
049-2016-ef

La Ley N° 30296, Ley que promueve
la reactivación de la economía, modificó el artículo 61° del Código Tributario
estableciendo la facultad de la SUNAT de realizar una fiscalización parcial
electrónica de acuerdo al procedimiento previsto en el artículo 62°-B del
citado Código; Que, es necesario realizar modificaciones al citado reglamento a
fin de superar diversa problemática presentada con ocasión de la aplicación de
las normas que regulan el procedimiento de fiscalización; e incorporar las
disposiciones que permitan a la SUNAT llevar a cabo el procedimiento de
fiscalización parcial electrónica.

Las modificaciones correspondientes podrán ser visualizadas
en el portal institucional de la SUNAT (
www.sunat.gob.pe)

Los procedimientos de fiscalización que se hubieran iniciado
hasta la fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el diario oficial
“El Peruano”, continuarán rigiéndose bajo las normas con las que se iniciaron.

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