Modifican el numeral 13.2 del Procedimiento Técnico del COES N° 21 “Reserva Rotante para la Regulación Primaria de Frecuencia” (PR-21) aprobado mediante la Res. N° 128-2020-OS/CD

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 023-2021-OS/CD

Artículo 1º.- Modificar el numeral 13.2 del Procedimiento Técnico del COES Nº 21 “Reserva Rotante para la Regulación Primaria de Frecuencia” (PR-21) aprobado mediante Resolución Nº 128-2020-OS/CD, conforme a lo siguiente:

“13.2 (…)

URPF : Todos los Grupos con obligación de prestar el servicio de RPF que operaron en el mes “n” que cumplan con la condición Cumplig> FaC.

(…)”

Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y consignarla, conjuntamente con el Informe Técnico Nº 104-2021-GRT y el Informe Legal Nº 105-2021-GRT de la Gerencia de Regulación de Tarifas, en el portal de internet de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2021.aspx .Estos informes son parte integrante de la presente Resolución.

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