MODIFICAN EL ARTÍCULO 15 DEL D.S. N° 005-97-SA, REGLAMENTO DE LA LEY N° 23330, SERVICIO RURAL Y URBANO MARGINAL DE SALUD – SERUMS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 144-2016/MINSA

 

1. Se modifica el artículo
15 del Decreto Supremo N° 005-97-SA, Reglamento de la Ley N° 23330, Servicio
Rural y Urbano Marginal de Salud – SERUMS, el cual quedará redactado de la
siguiente manera:

“Artículo 15.- El Comité
Central estará conformado de la siguiente manera:

– El Director General o el Director Ejecutivo de la Dirección de Gestión
del Trabajo en Salud, de la Dirección General de Gestión y Desarrollo de
Recursos Humanos en Salud, como representantes titular y alterno, respectivamente,
del Ministerio de Salud, quien lo presidirá.

– Un representante del Seguro Social de Salud -ESSALUD,

– Un representante de las Sanidades de las Fuerzas Armadas, y

– Un representante de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú.

Los referidos representantes son designados por el titular de cada
entidad”.

 

2. Se remitirá copia de la presente Resolución
Ministerial a la Dirección General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos
en Salud.

3. Se encarga a la Oficina General de Comunicaciones
la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional
del Ministerio de Salud, en la dirección:
http://www.minsa.gob.pe/transparecnia/index.asp?op=115

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