MODIFICAN DEL ARTÍCULO 7 DE LA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 14-2016-SUNAT/5F0000

RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL

N° 21-2016-SUNAT/5F0000

Mediante la presente Resolución, se modifica el artículo 7 de la Resolución de Intendencia Nacional N° 14-2016-SUNAT/5F0000, de acuerdo al siguiente texto:

“Artículo 7.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, con excepción de lo dispuesto en el literal C y en los numerales 9, 12 y 13 del literal D de la sección VII del procedimiento general “Importación para el Consumo” INTA-PG.01 (versión 7), así como en el literal C y en los numerales 9 y 12 del literal D de la sección VII del procedimiento general “Importación para el Consumo” INTA-PG.01-A (versión 2), los cuales entran en vigor a partir del 20 de setiembre de 2016.”

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