Modifican conformación del Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruana Bolivia para erradicar el Contrabando Organizado en productos …

R.M. N° 241-2013-PCM

Modifican el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 248-2012-PCM, ampliando la relación de integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial, el cual quedará redactado en los siguientes términos:

Artículo 2.- Conformación

El Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruana Boliviana para erradicar el contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros estará conformado por los siguientes miembros:

Un (1) representante del Ministerio de la Producción.

Un (1) representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

Un (1) representante del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Un (1) representante del Ministerio de Economía y Finanzas.

Un (1) representante del Ministerio de Agricultura.

Un (1) representante del Ministerio de Defensa.

Un (1) representante del Ministerio del Interior.

Un (1) representante de la Policía Nacional del Perú.

Un (1) representante del Ministerio Público.

Un (1) representante de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria.

Un (1) representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual.

Un (1) representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria.

Un (1) representante de PROVIAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Un (1) representante de la Superintendencia Nacional de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías.

Un (1) representante del Ministerio de Educación.

Un (1) representante de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas DIGEMID.

De ser el caso y para el mejor cumplimiento de sus funciones, se podrá convocar la participación, como invitados de representantes de entidades pública o privadas para que participen o asistan a las sesiones del presente grupo de Trabajo Multisectorial.”

Asimismo, modifican el artículo 7º de la Resolución Ministerial Nº 248-2012-PCM, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“Articulo 7º.- Del Plazo del Grupo de Trabajo.

El Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros, tendrá vigencia mientras duren las funciones de dicha instancia binacional.”

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