Modifican artículos del Reglamento de la Ley N° 25054 y del Reglamento que norma la entrega de Armas de Guerra.

Decreto Supremo N° 019-2008-DE.

Se modifica el artículo 98° del Reglamento de la Ley N° 25054 que norma la fabricación, comercio, posesión y uso por particulares de las armas y municiones que no son de guerra (aprobado mediante D.S. N° 007-98-IN), en lo referente a que las licencias de posesión y uso para armas de seguridad personal serán expedidas por la DICSCAMEC.

Asimismo, se modifica el artículo 5-A del Reglamento que norma la entrega de Armas de Guerra (aprobado por D.S. N° 022-98-PCM), en lo referente a las armas de uso restringido.

Finalmente, se dispone que para fines de control, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas llevará un Registro de la expedición de licencias de posesión y uso de armas de uso restringido para seguridad personal.

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